El Consejo Supremo Electoral (CSE) este viernes 6 de agosto canceló la personería jurídica al partido político Ciudadanos Por La Libertad (CxL) por violaciones a la Ley Electoral y anuló por irregularidades la cédula de identidad de su presidenta, la señora Kitty Monterrey.

La resolución, leída por Luis Alfonso Luna, secretario de actuaciones del CSE, resolvió “cancelar la Personalidad Jurídica del CxL. Instruyendo a la Dirección General de Atención a Partidos Políticos para que proceda con los trámites administrativos que corresponden para los efectos de esta cancelación, notifíquese para todos los efectos de ley”.

Además, “resuelve, primero: cancelar la cédula de identificación ciudadana a nombre de Carmella María Rogers Amburn, instruyendo a la Dirección General de Cedulación para que se proceda con los trámites administrativos que corresponde, para los efectos de la cancelación”, leyó Luna.

El documento menciona que el CSE constató que Kitty Monterrey, “su represéntate legal ciudadana Carmella María Rogers Amburn, de quien a través de la Dirección General de Cedulación se constató que, en sus trámites de adquisición de la cédula de identidad nicaragüense, utilizó procedimientos irregulares proveyendo documentos donde se identifica como Carmella Marie Kitty Monterrey; por lo que de conformidad con el artículo 38 literal e, de la Ley n°. 152, Ley de Identificación Ciudadana, este hecho constituye causal de cancelación de la cédula de identidad”.

A la vez se indica que “se comprobó que la organización del CxL, ha venido teniendo comportamiento fuera de las condiciones y regulaciones técnicas legales para esta clase de organizaciones políticas, particularmente ha realizado manifestaciones de manera reiterada mediante actos verbales que menoscaban la independencia, la soberanía y la autodeterminación; lo que según su consideración son meritorias de la cancelación de su personalidad jurídica”.

El CSE se apoya en las “atribuciones que le confiere el artículo 173 de la Constitución Política de la República; artículos 10; 67; 174 de la Ley 331, Ley Electoral; Ley n°. 919, Ley de Seguridad Soberana de la República de Nicaragua; Ley n°. 996 Ley de Amnistía; Ley n°. 1040, Ley de Regulación de Agentes Extranjeros; Ley n°. 1055, Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz, y en cumplimiento a los acuerdos dictados por esta autoridad de fechas diecisiete de mayo y tres de junio respectivamente del corriente año, ambos referidos a las obligaciones que deben cumplir las organizaciones políticas participantes”.

PLC pidió cancelación de personería de CxL

Hasta las instalaciones del CSE llegó María Haydeé Osuna, presidenta y representante legal del PLC, para introducir dos demandas para la cancelación de la personalidad jurídica de CxL, “primero por la doble nacionalidad de la señora presidenta nacional y representante legal del partido político Ciudadanos Por la Libertad en notoria violación a lo dispuesto en el artículo 49, numeral 6 de la Ley Electoral, cuyo texto íntegro fue publicado en la Gaceta Diario Oficial número 82 del 6 de mayo del corriente”, dijo.

Por lo tanto se debe declarar nulo todo lo actuado por el partido CxL; lo segundo es, la segunda denuncia fue a este partido, ha incurrido en constantes acciones contrarias a las obligaciones de los partidos políticos dispuesto en el artículo 59, numeral 6 de la Ley Electoral; nosotros solicitamos al CSE que de conformidad a la Ley Electoral en su artículo 56 del capítulo 3, de la cancelación y suspensión de la personería jurídica de los partidos políticos, por lo que pedimos que se proceda en lo que se corresponda y se declare nulidad de todo lo actuado como partido”, apuntó Osuna.

Periodista: Carlos Daniel Jarquín