Con la aprobación unánime de los Diputados presentes en el parlamento nacional fue aprobada la Ley que establece las funciones y estructuras del Ministerio del Interior, enviada con carácter de urgencia por el presidente de la republica, la que busca continuar garantizando el orden constitucional e institucional del país, establecidos a través de la revolución.

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La ley reconoce al Ministerio del Interior como órgano del Estado encargado de implementar, mantener y ejecutar las medidas necesarias para garantizar la seguridad ciudadana del estado y el orden interno en el territorio nacional, estableciendo en el inciso “a”, de las funciones del Ministerio, la de asegurar la protección de la vida y la seguridad de los nicaragüenses.

Se determina también que la policía es un cuerpo armado subordinado al presidente de la república que estará subordinado al Ministerio del Interior, en este sentido dentro de la estructura del Ministerio existirá una dirección superior conformada por la Ministra, el director de la Policía Nacional y el vice ministro, además estará estructurado por direcciones generales, integradas por los directores de las diferentes especialidades del ministerio y finalmente estructurado por un órgano de asesoría y órganos de apoyo a la gestión institucional.

Dentro de las funciones de este Ministerio se incluye la de prevenir, neutralizar y terminar con cualquier actividad encaminada a destruir o menoscabar el orden constitucional y la institucionalidad del país, garantizar y resguardar la seguridad ciudadana del Estado y el orden interno del país.

La ley entra en vigencia con la publicación en los medios de comunicación, sin menoscabo a su publicación en el diario oficial del gobierno y será reglamentada según la costumbre, según la norma jurídica establecida para dicho proceso.

Periodista: Héctor Calero