Los días 17 de septiembre al domingo 22 del corriente año fueron decretados de asueto con goce de salario por las autoridades del Ministerio del Trabajo para los servidores públicos de Nicaragua.

Además, en correspondencia a que este año los días feriados nacionales 14 y 15 de septiembre cayeron en sábado y domingo, el séptimo día por coincidir en domingo el Ministerio del Trabajo, de acuerdo al artículo 68 del Código laboral, declare que será compensado con el día lunes 16 de septiembre y quienes laboren se les remunerará como día extraordinario.

Tomando en cuenta los días feriados y los días de asueto con goce de salario, las autoridades del Gobierno, con base en el artículo 66 del Código del trabajo, orientan que los trabajadores del sector público se reincorporen a sus labores ordinarias el día lunes 23 de septiembre del corriente año.

Cabe mencionar que se exceptúan de estas orientaciones aquellos trabajadores que no pueden interrumpir sus actividades por encontrarse dentro de los casos previstos en el artículo 69 literales del Código laboral; así como aquellas empresas que por su naturaleza estén afectadas por el presente ciclo agrícola y aquellas que no pueden interrumpir las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.

Además, en el caso de los empleadores y trabajadores del sector privado, deben ajustarse a las costumbres o acuerdos realizados entre las partes.

Periodista: Celia Méndez