En el Juzgado de Distrito Penal de Juicio de Nueva Segovia fue condenado a la pena de Prisión Perpetua Revisable el sujeto Ervin Josué Vázquez Herrera declarado culpable del delito de asesinato agravado en concurso real y portación ilegal de arma de fuego o municiones en perjuicio de la ciudadana Socorro del Carmen Cerna Chavarría, ( q. e. p. d.)
La sentencia emitida el 17 de mayo 2022 por la Juez de Distrito Penal de Juicio doctora Verónica Fiallos Moncada, especifica que la pena se podrá revisar cuando el acusado cumpla 30 años de prisión, que deberá cumplir en el Sistema Penitenciario “Puerta de la Esperanza” en Estelí.
Los delitos señalados en la sentencia ocurrieron el 2 de abril del año 2021 a eso de las 11:50 de la noche en la comunidad de San Antonio de Chachagua, jurisdicción de Murra, en el departamento de Nueva Segovia.
En el relato de hechos la sentencia indica que el acusado Ervin Josué Vázquez Herrera, portando entre su vestimenta un arma de fuego tipo pistola, se presentó a la vivienda donde habitaba la víctima Socorro del Carmen Cerna Chavarría en compañía de su cónyuge José Dolores López Girón y su hijo Isaí Manuel López Cerna, de 4 años de edad.
Desde afuera de la vivienda Vázquez insistió qué le vendiera dos cartones de galleta, la víctima conoció la voz, y por la insistencia del ahora acusado, doña Socorro contestó desde el interior que no había galletas y minutos después su marido José Dolores se levantó, se acercó a la puerta de la vivienda, se asomó por las rendijas para ver de quién se trataba, pero el sujeto sacó el arma y realizó un primer disparo qué impactó en la parte inferior de la puerta.
José Dolores salió corriendo hacia el área de la sala de la vivienda y Vázquez haciendo uso de fuerza con una barra que portaba abrió la puerta y se dirigió el cuarto donde estaba Socorro del Carmen Cerna, le exigió que le entregara todo el dinero y ella le dijo que no tenía dinero.
El cónyuge de la víctima salió huyendo de la vivienda y ella quedó sola con el niño en un lugar despoblado de noche y en completo estado de indefensión, sin que nadie pudiera socorrerla situación que aprovecho el acusado y sin importarle la presencia del niño de 4 años de edad, realizó tres disparos contra la humanidad de Socorro del Carmen, que le causaron la muerte.
El homicida se apoderó de forma total e ilegítima de 2 mil córdobas en billetes de distintas denominaciones y un teléfono celular sin chip y sin memoria, y luego se fue huyendo del lugar con dirección desconocida.
En un examen realizado por la psicóloga forense al niño de 4 años de edad indica que a través de un dibujo el niño refiere que él se metió debajo de la cama con mucho miedo…que su mamá la mató un hombre feo y negro como mono, su mamá lloraba, y se puso de rodillas, ella tenía frío y la cobijó. Su papá no estaba (había salido a buscar ayuda), cuando el hombre se fue salió y se durmió a la par de su mamá ya fallecida.
La Pena Perpetua está contemplada en la LEY N°. 1058, aprobada el 20 de enero de 2021 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 16 del 25 de enero de 2021.
Periodista: Alina Lorío
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